La Ley 53-2025 en Puerto Rico garantiza acompañamiento a pacientes de diálisis. Una medida histórica que humaniza el tratamiento renal crónico e integra el apoyo emocional al modelo de atención.
La gobernadora de Puerto Rico ha convertido en ley el Proyecto del Senado 33, ahora Ley 53-2025, una medida que garantiza el acompañamiento de pacientes de diálisis durante su tratamiento. La ley, impulsada por el presidente del Senado Thomas Rivera Schatz y un grupo de legisladores bipartitas, establece la creación de áreas habilitadas en hospitales y centros de hemodiálisis para permitir la presencia de familiares o acompañantes, brindando así apoyo emocional y físico a los pacientes.
En Puerto Rico, más de 5,200 personas reciben tratamiento de diálisis crónica, según datos del Departamento de Salud (2024). La mayoría de estos pacientes presentan enfermedades renales terminales y deben asistir a sesiones de hemodiálisis entre tres y cuatro veces por semana. Estas sesiones pueden durar hasta cinco horas, generando un agotamiento físico considerable y, en muchos casos, un impacto emocional profundo.
La Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) ha identificado a los pacientes renales como una población vulnerable, con altos índices de depresión, ansiedad y aislamiento. La nueva ley busca aliviar esta carga mediante el acompañamiento, promoviendo un entorno más empático y humano en los espacios clínicos.
Acompañamiento asegurado: Establece la presencia autorizada de familiares o cuidadores en áreas habilitadas durante las sesiones de diálisis.
Protección de la dignidad y movilidad: Reconoce las necesidades especiales de los pacientes con movilidad limitada, promoviendo accesibilidad y asistencia.
Apoyo emocional como parte del tratamiento: Integra el componente emocional en el modelo de atención de pacientes renales, reconociendo su impacto en la recuperación y la calidad de vida.
Transformación del modelo de atención: Esta ley tiene el potencial de cambiar la experiencia de miles de pacientes al insertar el acompañamiento como parte del protocolo terapéutico.
Responsabilidad institucional: Los hospitales y centros de diálisis tendrán la obligación de implementar las medidas necesarias para cumplir con esta legislación.