El organismo busca cumplir a cabalidad la Ley 194 de 2003 bajo la "Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente".
Por: Mariana Mestizo Hernández
La Oficina del Procurador del Paciente es un organismo gubernamental en Puerto Rico encargado de salvaguardar los derechos de los pacientes. Esta entidad posee la autoridad para requerir información de salud pertinente en el contexto de una investigación o querella.
En el marco del evento "Dermatitis Atópica y sus efectos más allá de la piel", organizado por la Alianza de Apoyo al Paciente con Dermatitis Atópica y la Revista Medicina y Salud Pública, la Licenciada Evelyn Esquilín, educadora en salud de la Oficina del Procurador del Paciente, expresó que "Tenemos la potestad de defender a los pacientes con plan médico, sin plan médico, en algunos casos sin dinero, la ley te dice que te deben atender y después vienen los mecanismo de cobro, nosotros velamos para que le den ese servicio".
La licenciada aseguró que la Oficina del Procurador del Paciente, busca cumplir la finalidad de la Ley 194 del 2000 "Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente", la cual expone las condiciones en las que deben ser atendidos los pacientes en todos los centros médicos de la isla, así como el parte de acción y responsabilidad que adquiere ante sus tratamientos.
Ley 194
Uno de los principales motivos que lleva a la creación de estas leyes, es facilitar y garantizar a todos los ciudadanos el acceso adecuado a servicios y facilidades de salud, de acuerdo a sus necesidades e independientemente a su condición socioeconómica y capacidad de pago.
Compromiso del paciente
"Nuestra misión está en hacer cumplir los estos derechos y responsabilidades del paciente, los derechos son fáciles de reclamar, pero no pasa siempre lo mismo con las responsabilidades porque dependen de las acciones. Ambos son importantes y yo doy este ejemplo, el médico le da unas instrucciones y usted no las cumple, su responsabilidad se queda atrás y es difícil reclamar un derecho si no somos responsables", aseveró.
La experta afirmó que en ausencia de un compromiso por parte del paciente, resulta altamente improbable que pueda recibir asistencia para presentar una querella dentro del organismo. No obstante, se le brindará orientación.
Asimismo, la educadora declaró que es fundamental que los pacientes reconozcan su plan médico, ya que deben estar informados sobre su cobertura. En caso de utilización, es responsabilidad de cada individuo estar al tanto de estos detalles.
A su vez, los pacientes con dermatitis atópica cuentan con una hoja de derechos aplicada bajo la Oficina del Procurador del Paciente, la cual establece sus derechos en el manejo favorable de su condición.
Hoja de Derechos Aplicada al Paciente con Dermatitis Atópica
Entre sus derechos, se encuentra la capacidad de seleccionar y acceder a un dermatólogo o profesional de la salud de su preferencia, siempre que esté dentro de la red de proveedores de su aseguradora. Además, tienen la posibilidad de ser referidos por su médico primario a especialistas en caso de que la enfermedad sea de moderada a severa, incluyendo dermatólogos, alergistas y otros especialistas según las manifestaciones presentes.
Asimismo, tienen el derecho de recibir información clara y comprensible sobre la condición, sus causas, medidas preventivas y estrategias para el manejo. Pueden seleccionar, en colaboración con su médico, el tratamiento que mejor se ajuste a sus necesidades y preferencias. También pueden solicitar una segunda opinión médica para el diagnóstico o en caso de dudas sobre las opciones de tratamiento ofrecidas.
También se garantiza la estricta confidencialidad de la información sobre su condición de salud, la cual no será divulgada sin su autorización escrita. Además, tienen el derecho de solicitar un recibo de pago por los servicios prestados y deben ser tratados con respeto, dignidad, equidad, sin discriminación por ninguna razón.
Responsabilidades del Paciente
- Comunicar a su médico primario o especialista toda la información relacionada con su condición de salud.
- Informar a su médico acerca de cualquier cambio en su condición de salud.
- Cumplir con el tratamiento acordado en conjunto con su médico primario o especialista.
- Mantener un comportamiento apropiado que no perjudique, dificulte o impida que otros pacientes reciban la atención médica que necesitan.
- Cuidar de su salud y adoptar estilos de vida saludables.
- Informar a la Oficina del Procurador del Paciente (OPP) de cualquier cobro indebido o violación de sus derechos como paciente.
- Utilizar los servicios médicos, las instalaciones de servicios de salud y las salas de emergencia solo cuando sea necesario o debido a la exigencia de su condición de salud.
- Conocer los detalles de su plan de salud y los servicios que ofrece.
- Reportar cualquier fraude relacionado con los servicios recibidos o las instalaciones de salud visitadas.
- Mostrar respeto hacia todos los profesionales de la salud.
Es esencial considerar tanto los derechos como las responsabilidades de los pacientes, ya que esto contribuye a establecer una relación médico-paciente más satisfactoria y enriquecedora para ambas partes.
Fuentes complementarias aquí y aquí.