Para poder recetarlos, los enfermeros deben tener un año de experiencia o superar un curso específico organizado por la Consejería de Sanidad.
Por: Luisa Ochoa
Ahora los enfermeros de la capital española pueden autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios, de acuerdo con la aprobación decretada por parte del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid acerca de la acreditación de los enfermeros.
Requisitos para autorizar y dispensar medicamentos
Los enfermeros deben contar con un año de experiencia o superar un curso específico organizado por la Consejería de Sanidad.
Cabe mencionar que el año pasado la Comunidad de Madrid acreditó de oficio, con base en una Orden de la propia Consejería, a los profesionales de enfermería que prestan sus servicios en los centros adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) que cumplían el requisito del tiempo trabajado.
Objetivo del nuevo decreto
“El Decreto tiene como objetivo que los profesionales de la salud puedan realizar estos procedimientos con los fármacos que fija el Ministerio de Sanidad para todo el Sistema Nacional de Salud (SNS) y diferenciados de los que prescriben los profesionales de la medicina”, explicó Enrique Ossorio, vicepresidente y consejero de Educación y Universidades.
Por ende, este Decreto aprobado recoge el procedimiento para la acreditación a este grupo de sanitarios que trabajan en las diferentes instituciones de salud pública y privada.
Finalmente, los enfermeros que no acrediten tener un año de experiencia deberán completar un curso específico, que se regula también en el texto legal, y que la Administración madrileña pondrá a su disposición de forma gratuita.
Fuente consultada: Redacción Médica.